La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) confirmó la pena de prisión permanente revisable impuesta al hombre de 11 años en la zona de Sueca el 3 de abril de 2022.
Los magistrados valoraron el recurso formulado por la defensa y confirmaron íntegramente la sentencia dictada a principios de este año por un magistrado de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia tras el veredicto de culpabilidad dictado por un juez popular.
El público declaró al autor de un delito de asesinato hipergravado por allevosía y angustia, en relación con las graves circunstancias de los familiares y por discriminación por razón de género, en relación con un delito de lesiones psíquicas.
La ciudadanía lo declaró autor de un delito de asesinato sobrecargado por alevosía y zozobra.
Además de la prisión permanente revisable por estas infracciones penales, el juez imputa penas que sufren un total de otros seis años y ve días de prisión por la comisión de delitos habituales de maltrato, amenazas, malos tratos y quebrantamiento de condena en contexto de género. violencia .
El público valenciano ha constatado como muchos han demostrado que el hombre se dejó abrazar por la pequeña para causarle «el mayor dolor de todos los imaginables» a su exmujer.
La Sala de lo Civil y Penal del TSJCV ha desestimado ahora en sentencia notificada este jueves todos los motivos del recurso de apelación interpuesto por el condenado.

La acusación durante el jugo.
Los magistrados recuperan las causas de nulidad atribuidas a la defensa, pues se entiende que, contrariamente a esas acusaciones, el juez se pronuncia sobre el ofrecimiento que hizo a su exmujer de un inmueble como pago de la responsabilidad civil, aun cuando este pronunciamiento no fuese apreciado como base para aplicar una mitigación de reparación de daños por parte del magistrado que presidió la vista.
Del mismo modo, rechazan declarar la nulidad de la sentencia dictada porque no se aprecia la vulneración del derecho fundamental ni en la ratificación durante el juicio por los peritos forenses de la autopsia o información psiquiátrica, ni en la incorporación como antes de la sentencia. declaración prestada por el imputado durante la fase de instrucción.
Finalmente, la Sala de lo Civil y Penal considera que el motivo del recurso consiste en un error en la apreciación de la prueba debido a que las atenuantes de indemnización por daño, alteración psíquica o confesión tardía no aplican al reo y sí , a cambio, la prueba agravante.
La acusación le dio la posibilidad de recurrir ante el Tribunal Supremo
Respecto de esta última circunstancia, el Tribunal concluyó que la sentencia del juez popular “respondió a una consideración lógica de la prueba practicada con un resultado de certeza clara tanto sobre la producción de una muerte innecesariamente dolorosa como sobre la afectación de las capacidades volitivas e intelectuales”. del acusado.
La sentencia pronunciada por el TSJCV en sede judicial, que impone al condenado las costas judiciales del recurso de apelación, puede a su vez ser recurrida en casa ante el Tribunal Supremo.
